CONTEXTUALIZACIÓN DEL CAMBIO DE MARCO LEGAL: LEY BALEAR DE RESIDUOS
Los gobiernos de la UE deberían haber adoptado formalmente una serie de medidas y objetivos para incrementar sus tasas de reciclaje y reducir los residuos antes del 5 de julio 2020. La creación de modelos de empresas más responsables y resilientes es la finalidad acordada en 2018 a través de tres marcos legislativos de la UE: Directiva Marco de Residuos, la Directiva sobre la Gestión de Envases y los Residuos de Envase y la Directiva de Vertederos.
Son muchos los líderes europeos que han apoyado la transición hacia una economía circular. Sin embargo, dos años más tarde, nos encontramos con varios países que todavía no han implementado las medidas a los que se comprometieron para reducir la enorme cantidad de residuos que se generan.
En el caso de Baleares, contamos con la ambiciosa Ley 8/2019, de 19 de febrero, de residuos y suelos contaminados de las Illes Balears, aprobada en febrero 2019 que “pretende ser una ley para la gestión sostenible de residuos, así como una herramienta jurídica para dar un giro hacia el nuevo paradigma europeo, y mundial, de la economía circular. La generación de residuos tiene que disminuir, y los que se generen tienen que dejar de ser un residuo para ser un recurso” (Ley Balear de Residuos).
Esta ley, pionera tanto a nivel estatal como a nivel Europeo, tiene importantes implicaciones para el tejido empresarial. Se ha creado de acuerdo con la directiva Europea que tiene como objetivo promover una economía circular y su principio fundamental es la prevención de la generación de residuos, seguido por la reutilización y el reciclaje.
En febrero de 2019 se aprobó esta ambiciosa nueva ley, que desde esa fecha y, en particular, a partir de marzo 2021 tendrá importantes implicaciones para el sector empresarial en Baleares.
Las actividades económicas más afectadas por este marco legislativo son el sector HORECA y las empresas distribuidoras. Son muchos los plásticos de un solo uso que, a partir de marzo 2021, estarán prohibidos y solo podrán comercializarse si están fabricados con materiales compostables que cumplan con cierta normativa, tales como las pajitas, las cápsulas de café, los vasos y platos de un solo uso.
El incumplimiento relativo a la comercialización, distribución, venta y uso de plástico de un solo uso se considerará una infracción grave con sanciones de entre 9.001 y 300.000 euros.
CURSO VIRTUAL: LEY BALEAR DE RESIDUOS
Al ver que había un desconocimiento generalizado en el tejido empresarial de las islas sobre estas nuevas obligaciones, al contar con 20 años de experiencia en el sector de residuos y como ya estábamos realizando formaciones sobre la gestión de residuos, en febrero 2020 Sofía y yo decidimos iniciar una serie de cursos en los que explicamos las implicaciones que tiene las nuevas normativas en las empresas (con un enfoque en el sector HORECA, supermercados y empresas de distribución).
De este modo, los participantes puedan entender las obligaciones que ya deben tener en cuenta desde su entrada en vigor en 2019 y las que se deben tener en cuenta a partir de marzo 2021 en relación con la comercialización, distribución, venta y uso de artículos de un solo uso.
Asimismo, a través de nuestras formaciones, queremos evitar que el sector realice pedidos durante los próximos meses e invertir en un stock y materiales que no van a estar permitidos por las normativas mencionadas a continuación, puesto que podría significar incurrir en gastos innecesarios. Todavía existe mucha confusión, en particular, en relación con los plásticos de origen vegetal permitidos. Por este motivo, hemos incorporado a dos técnicas más en las formaciones especializadas en dos áreas en concreto:
- En el marco de la pandemia, dado que existe mucha confusión en relación con la eliminación de plásticos de un solo uso y los monodosis y la normativa actual de sanidad por la que se modifican medidas concretas de prevención y contención de COVID-19, en octubre establecimos una colaboración con Alison Serra Consultoría Sanitaria, especializada en seguridad alimentaria y control de aguas en el sector HORECA, con tal de que nos pueda aclarar en directo durante los cursos las dudas que surjan al respeto.
- Por otro lado, Myrto Pispini se incorporó en el equipo formador por su conocimiento especializado en tema de plásticos y en la Directiva Europea relativa a la reducción del impacto de determinados productos de plástico en el medio ambiente. Puesto que existe una confusión generalizada de qué plásticos y bioplásticos están permitido, qué se considera un envase y qué pasa, por ejemplo, con la comida para llevar.
Por último, mencionar que realizaremos cursos virtuales de manera regular abiertas a cualquier empresa pero con un número reducido de personas. En caso de que os interese, podemos organizar una formación dirigida a un sector en concreto, para un grupo de empresas, o para equipos de diferentes departamentos de tu empresa. No dudes en escribirnos si te interesa asistir al próximo curso y te añadiremos a la lista.
Más detalles:
FORMATO
Curso virtual de 5 horas que combina partes teóricas con otras más prácticas en las que realizaremos distintas actividades dinámicas en grupo para entender cómo implementar la ley y a partir de cuándo debemos tener en cuenta ciertos aspectos.
DIRIGIDO
A personal directivo y responsables de operaciones y logística, especialmente del sector HORECA (hoteles, restaurantes, bares, cafeterías, cines, servicios de catering y comida para llevar), comercios y empresas dedicadas a la distribución y venta de productos plásticos de un solo uso (tanto comercio tradicional como electrónico), los cuales son las actividades económicas más afectadas por la ley.